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CONGRESO APOBÓ LEY SOBRE PRODUCCIÓN ORGÁNICA

NOTA DE PRENSA

 

 

Pleno del Congreso aprobó Ley sobre producción orgánica

 

Entre los objetivos fundamentales están, promover el desarrollo sostenible y competitivo a nivel nacional

 

Prevé Incentivos para los agricultores y la implementación de planes y proyectos con gobiernos regionales y locales son algunos aspectos que propone la ley

 

 

Lima 21.- El proyecto de Ley N° 768 /2006-CR, presentado por el Congresista Jorge León Torres Flores fue sustentado el día de ayer en el Pleno del Congreso por el Presidente de la Comisión Agraria, Congresista Franklin Sánchez Ortiz.

 

El debate realizado en el Pleno del Congreso, se dio en torno a precisar la función de la CONAPO como ente consultivo para consolidar el Plan Nacional de Fomento y Promoción de la Producción Orgánica, en coordinación con los gobiernos regionales y locales y la participación de instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema.

 

Además se le da las facultades al SENASA para autorizar y registrar a los organismos de certificación orgánica que operan en el país. Promueve y apoya la certificación de los productos orgánicos directamente a los productores.

 

Sólo los productos provenientes u originarios de una producción o importación certificada  por un ente certificador  autorizado por el SENASA pueden ser comercializados como “orgánicos” en el país.

 

La Presidencia del Consejo de Ministros –PCM, el Ministerio de Agricultura –MINAG, el Ministerio de la Producción –PRODUCE, INDECOPI y los Gobiernos Regionales y locales promueven la producción, transformación, comercialización y consumo de los productos  orgánicos en el mercado internacional.

 

Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la agricultura orgánica estarán sujetas a beneficios incluidas en la  Ley núm. 27360 – Ley que aprueba las normas de Promoción del Sector Agrario; asimismo las instituciones que manejan fondos públicos podrán adquirir productos orgánicos a los beneficiarios de la presente ley.

 

Finalmente, se considera beneficiarios de la presente ley a los productores individuales u organizados debidamente acreditados ante la autoridad competente que desarrollen producción orgánica.

 

Mayor información:


Despacho Congresal
Jorge León Flores Torres
Contacto: Dra. Maria Luisa Montes de Oca Rivera
Telf. 3117777

 

Red de Acción en Agricultura Alternativa
Contacto: Ymelda Montoro
Telf. 3375170- 93724216

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